
VITIVINICULTURA
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Con el Servicio de Análisis para Bodegas Exportadoras (SABE) espera dinamizar trámites y atender demanda de servicios especiales.
El Instituto Nacional de Vitivinicultura presentó el Servicio de Análisis para Bodegas Exportadoras (SABE), con la idea de agilizar la certificación analítica de exportación. Lo hizo durante un encuentro virtual con representantes de bodegas, gerentes de bodegas exportadoras, y cámaras vitivinícolas de todo el país.
La licenciada Gladys Ranzuglia, Coordinadora de Fiscalización Analítica del INV, explicó que este nuevo servicio surge de la necesidad planteada por el sector privado y las experiencias recogidas durante las restricciones impuestas por la emergencia sanitaria, que le permitieron a la vitivinicultura argentina continuar exportando sin inconvenientes.
El SABE habilita tres canales de gestión. Cada bodega podrá elegir cuál de ellos usar, según su necesidad. Azul (preferencial), Celeste (mixto) y Bordó, con distintos requisitos.
Es el canal preferencial. Admite la Declaración Jurada de Análisis de Aptitud de Exportación; y los establecimientos que opten por esta vía deberán abonar un arancel preferencial.
En este caso, cada certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea implementado por el Organismo, requerirá la presentación de 1 ejemplar de muestras por número de Análisis de Aptitud de Exportación, acompañada de 2 copias del certificado analítico correspondiente.
Cada «ejemplar de muestras» estará constituido por 2 botellas de 700 ml a 930 ml cada una o su equivalente en volumen (si se tratara de envases de menor capacidad).
Cuando el análisis solicitado requiera dictamen de la Comisión de Degustación del INV, se deberá presentar 1 ejemplar adicional acompañado de 1 copia del certificado analítico pertinente.
Es un Sistema mixto, de Declaración Jurada y Análisis en Laboratorios del INV. En caso que el industrial opte por este sistema, al solicitar un análisis de exportación deberá consignar, por Declaración Jurada en línea en los campos habilitados a tal fin, los datos requeridos.
Tendrá que indicar, también, las siguientes determinaciones analíticas: masa volúmica, alcohol, extracto seco, azúcares reductores, acidez total, acidez volátil, desviación polarimétrica, sulfatos, cloruros, aspecto, color, aroma y sabor.
Por tratarse de un sistema mixto y con el fin de realizar el INV los análisis especiales que correspondan según el destino, el interesado deberá presentar en el laboratorio correspondiente, el Formulario Nº 1691 «Solicitud para Análisis de Exportación» con la muestra reglamentaria.
El número de Control generado deberá ser consignado en ese Formulario. También en este caso, los establecimientos que opten por esta modalidad deberán abonar un arancel preferencial.
Se limita a la Determinación de Análisis en Laboratorios del INV. En este caso, el exportador deberá presentar el formulario N°1691 «Solicitud para Análisis de Exportación», junto con la muestra reglamentaria conforme a lo estipulado en la normativa vigente.
En el caso de las exportaciones de mosto, deberá ajustarse a lo estipulado en la Resolución N° C-1/2002. Quedarán exceptuados de la presentación de muestras, los productos cuyo destino final sea la exportación a los países que integran el Grupo Mundial de Comercio del Vino (GMCV). Deberán obtener los correspondientes Análisis de Exportación mediante el régimen de Declaración Jurada.
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA SABE SERVICIO DE ANÁLISIS PARA BODEGAS EXPORTADORAS
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