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FRUTAS FRESCAS

TRAZABILIDAD

Centros de tratamiento cuarentenario deberán etiquetar envases con fruta

15 de noviembre de 2024

La medida, dispuesta por el Senasa, rige desde el 28 de octubre. Alcanza a todo recipiente de productos sometidos a estos tratamientos.


Los Centros de Tratamiento Cuarentenario de todo el país deberán etiquetar los envases que contengan productos hospedantes de Mosca de los frutos y Lobesia botrana que hayan sido sometidos a tratamiento y cuyo destino sean las áreas protegidas de estas plagas.

La medida está contemplada en la Resolución 1219/2024 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y alcanza a cítricos dulces, pimientos, uva, palta, por mencionar algunos ejemplos.

Todos los envases que egresen de las instalaciones de estos Centros deberán contener de manera visible la Etiqueta de Trazabilidad que es emitida a través del Sistema Integrado de Gestión de Protección Vegetal-Sistema Único de Fiscalización Permanente (SIGPV-SUFP).

La norma describe las especificaciones técnicas de los insumos a utilizar, y también el proceso del etiquetado.

Por otra parte, elimina la obligación de imprimir el reporte de tratamiento emitido por el software al momento de la certificación, reduciendo de esta manera la cantidad de documentación que acompaña a la carga.

Si bien el reporte de tratamiento ya no acompañará a la carga en formato físico, podrá ser consultado por cualquier usuario (interno o externo) a través de la lectura del QR que figura en la etiqueta.

La medida contribuye a fortalecer la trazabilidad de todos los productos que son sometidos a tratamientos cuarentenarios que ingresan a las áreas protegidas reconocidas a nivel internacional.

Para acceder a mayor información, solicitarla vía correo electrónico a: sgctc@senasa.gob.ar

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