VITIVINICULTURA
NORMATIVA
La medida no sólo alcanza a los vinos nuevos (que serán liberados al consumo interno el 1° de junio) sino también a los remanentes de elaboraciones anteriores.
LA DETERMINACIÓN del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se comercializarán en el mercado interno, es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar las tareas de fiscalización. FOTO / Revista Campo Andino & Agroindustria.

Con el dictado de la RESOL-2025-14-APN-INV#MEC, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) fijó el grado alcohólico mínimo para los vinos Cosecha 2025.
La determinación, dispuesta para los vinos producidos en las provincias de Mendoza y San Juan que serán liberados al consumo a partir del 1° de junio próximo, alcanza también a los vinos remanentes de elaboraciones anteriores.
– Vinos Blancos: 12,5 %v/v
– Vinos Tintos: 12,6 %v/v
– Vinos Rosados: 12,7 %v/v

– Vinos Blancos: 12,7 %v/v
– Vinos Tintos: 12,6 %v/v
– Vinos Rosados: 12,7 %v/v
La determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se comercializarán en el mercado interno es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar las tareas de fiscalización.
Para esta determinación se evaluaron distintas alternativas, teniendo en cuenta el control de la materia prima ingresada a los distintos establecimientos que realizan los inspectores del INV a través de todo el proceso de cosecha y elaboración.
Los vinos varietales quedan exceptuados del cumplimiento del grado mínimo que se establece en esta Resolución, debiendo responder a los antecedentes de elaboración que deben presentar los bodegueros cumpliendo las normas establecidas por el INV para este tipo de vinos.
GRADO ALCOHÓLICO VINOS COSECHA 2025