ENOLOGÍA
NORMATIVA
La medida, contenida en la Resolución N° 50 del Instituto Nacional de Vitivinicultura, fue dispuesta para favorecer la simplificación administrativa de la actividad.
LA NORMA fue publicada esta semana en el Boletín Oficial de la Nación, y comenzará a tener aplicación efectiva a partir de la elaboración de la vendimia 2025. FOTO / Revista Campo Andino & Agroindustria.
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) dispuso dejar sin efecto la obligación de realizar cualquier tipo de trámite, a los industriales que elaboren vinos mediante la práctica de maceración prolongada,
La medida está contenida en la Resolución N° 50 del 2024 (publicada en el Boletín Oficial de la Nación) tendrá aplicación efectiva a partir de la vendimia 2025
Resolvió asimismo que, desde la elaboración de la próxima cosecha, «deberá consignarse en el Parte Semanal de Cosecha y Elaboración, Formulario CEC-01, además de Vino y Mosto Sulfitado, el Mosto Virgen cuando se elabore como tal, cada uno con su correspondiente color».
Por otra parte, la norma «modifica el plazo de presentación del último parte CEC-01 y de la Declaración Jurada Anual de Elaboración, Formulario CEC-05 y sus respectivos Anexos en forma conjunta establecidos en los Artículos 5º y 7º respectivamente, de la Resolución Nº 35/20, en el término de seis semanas posteriores al último ingreso de uva».
Esta norma, que lleva la firma del presidente del INV, Carlos Tizio Mayer, deroga la Resolución C.6 del 16 de marzo de 2001, que obligaba a los industriales que elaboran vinos mediante maceración prolongada, a comunicarlo mediante nota, indicando los litros aproximados encubados y vasijas que los contienen.
También quedó derogada la Resolución 58 del 27 de diciembre de 2012, que establecía que en la Declaración Jurada Parte Semanal de Cosecha y Elaboración (CEC-01), se debían consignar vinos y mostos con su correspondiente color y el plazo de presentación.
La nueva normativa fue dispuesta «con la finalidad de otorgar practicidad en las presentaciones de Declaraciones Juradas que realizan los industriales» (…) y «atendiendo las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación que propician, entre otras medidas, la mejora continua de los procesos».
Siguiendo este enlace se puede acceder al texto de la Resolución N° 50/2024, publicada en el Boletín Oficial de la Nación.
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA SIMPLIFICACION DE TRÁMITES PARA BODEGAS