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Senasa resolvió que, desde 2026, vaquillonas, novillos, novillitos y toritos no serán inoculados en la segunda campaña anual. Los feedlots, en cambio, vacunarán sólo en el segundo operativo sanitario del año.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) de Argentina aprobó una modificación en el plan de vacunación de bovinos y bubalinos contra la fiebre aftosa que entrará en vigencia en 2026.
Mediante la Resolución N° 711/2025 -publicada este viernes en el Boletín Oficial– establece que desde la segunda campaña de vacunación de 2026 se dejarán de inocular a ejemplares de cuatro categorías: vaquillonas, novillos, novillitos y toritos.
La norma dispone, asimismo, que los establecimientos de engorde a corral quedarán exceptuados de la primera campaña, debiendo vacunar solo en la segunda. Esta decisión -dice un reporte del Senasa- permitirá una disminución de casi 2 millones de dosis.
Si a ello se suma los 14 millones de dosis que (estima) dejarían de aplicarse a las cuatro categorías eximidas de la segunda campaña anual, desde el Senasa calculan un ahorro total, para el sector, de unos 16 millones de dosis de vacuna antiaftosa.
IMPACTO. Desde el Senasa calculan un ahorro total, para el sector, de unos 16 millones de dosis de vacuna antiaftosa. Aseguran que «esta adecuación no pone en riesgo la sanidad animal».
Además, el informe del ente fitozoosanitario nacional destaca como «beneficios adicionales» de esta medida, «un menor estrés para los animales y disminución de peso (…) y una reducción de mermas en los frigoríficos».
Asegura que «esta adecuación no pone en riesgo la sanidad animal ya que luego de la segunda vacuna antiaftosa, se garantiza la inmunidad por el período de un año».
Señala, por otra parte, que «la reducción de dosis se encuentra alineada con la de otros países del Cono Sur (de América) que actualmente vacunan contra la fiebre aftosa, como Uruguay y Paraguay» .
«Adicionalmente -aclara el reporte- se implementará un nuevo modelo de acta de vacunación integrado en el Sistema de Gestión Sanitaria (SIGSA), que permitirá un registro más ágil y digital, disponible a través de la aplicación SIGSA App» .

ADEMÁS… En el ente nacional destacan que los cambios traerán aparejados «beneficios adicionales», como «un menor estrés para los animales y disminución de peso (…) y una reducción de mermas en los frigoríficos».
Otro de los puntos relevantes contenidos en la Resolución del Senasa está referido a los períodos de vacunación.
Establece que «deben propender a no superar los sesenta días corridos desde su inicio, para la campaña de vacunación que involucra a todas las categorías de bovinos y bubalinos».
Ese lapso se acorta a «treinta días corridos para la campaña de vacunación que involucra a las categorías ternero y ternera» según consigna el texto de la norma.
CONSTANCIA. La nueva normativa implementa un nuevo modelo de acta de vacunación integrado en el Sistema de Gestión Sanitaria (SIGSA), que permitirá -según el Senasa- «un registro más ágil y digital, disponible a través de la aplicación SIGSA App».
Determina también que, «una vez iniciado el acto vacunal correspondiente a la campaña en una unidad productiva (UP), no se podrán realizar movimientos de egreso hasta tanto no se culmine con la vacunación de todos los animales y se registren las actas de vacunación en el SIGSA».
Además, una vez finalizado el período de vacunación, se prohíbe el movimiento de hacienda de las UP que no hayan completado la vacunación y el registro de todos los animales de las categorías que corresponda vacunar de acuerdo con la zona a la que pertenezca el establecimiento. (Hay excepciones para movimientos a faena).
La Resolución -que lleva la firma de su presidente, María Beatriz Giraudo Gaviglio- viene acompañada de seis anexos. Aquí te dejamos los enlaces para que puedas descargar todos los documentos que contienen la nueva normativa.
RES-SENASA-711. Cambios en Vacunación Antiaftosa.
Anexo I. Estrategias de vacunación | Por Provincia x Dpto. 2025
Anexo II. Planes que podrán extenderse hasta 90 días.
Anexo III. Estrategias de vacunación | Por Provincia x Dpto. Desde 2026.
Anexo IV. Acta de Vacunación Única | Modelo.
Anexo V. Acta de Vacunación Única | Instructivo.
Anexo VI. Constancia de Acta de Vacunación.
SANIDAD DE BOVINOS Y BUBALINOS SENASA ARGENTINA VACUNACIÓN ALTIAFTOSA EN ARGENTINA