VITICULTURA
SANIDAD
La obligación de registrarse en el Sistema de Mitigación de Riesgo alcanza a viticultores de Mendoza y de San Juan que vayan a vender en el mercado interno y/o exportar a Brasil.
HAY PLAZOS. Para poder poner uvas frescas en las góndolas, los fruticultores tendrán tiempo para inscribirse en el SMR hasta el viernes de la semana próxima. Los centros de empaque, distribución, frigoríficos y fraccionadores que las reciban también deberán registrarse. Tendrán que hacerlo al menos 15 días antes de darle ingreso a esa fruta. FOTO / Revista Campo Andino & Agroindustria.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) entendió hasta el 29 de agosto el plazo de inscripción en el Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR) por Lobesia botrana, a productores de uva para consumo en fresco.
La medida alcanza a viticultores de las provincias de Mendoza y de San Juan que vayan a enviar a mercado interno y/o exportar a Brasil, su producción del ciclo agrícola 2025/2026, recordó el organismo nacional en un reporte de Prensa.
El SMR habilita la comercialización de uva fresca sin realizar tratamiento cuarentenario con bromuro de metilo contra la polilla de la vid, según lo que establece la normativa en vigencia.
La inscripción se realiza en la plataforma SIGTrámites, accediendo a través del sitio web de la ARCA y adhiriendo al servicio correspondiente, aclara la información emanada del ente fitozoosanitario de Argentina.
ADEMÁS de inscribirse en el SMR (y seguir los procedimientos que el Sistema establece) para exportar a Brasil es exigible el cumplimiento de requisitos vinculados a otras plagas, según lo determina una Resolución del Mercosur.
El Anexo II de la Resolución Senasa N° 373/2025 (que, en esencia, aprueba el Plan Nacional de Lobesia botrana) detalla una serie de acciones que deberán cumplir los establecimientos que se inscriban en el SMR.
Más abajo te dejamos un enlace para que accedas al texto completo de la norma, que fue publicada el 29 de mayo último en el Boletín Oficial. Pero aquí detallamos una síntesis del procedimiento a seguir:
> Instalar trampas completas con atrayente sexual aprobado y registrado para Lobesia botrana, durante la campaña productiva. El costo será asumido por el productor.
> Aplicar medidas fitosanitarias obligatorias, como la técnica de confusión sexual, y utilizando productos con principios activos autorizados por el Senasa. Deberán ser respetadas las recomendaciones impresas en el marbete, así como el hospedante, el ambiente y las alertas de vuelo emitidas por el organismo.
> Realizar la cosecha completa y poda sanitaria, evitando que queden restos de fruta o material vegetal en las plantas o en el suelo. El material resultante debe ser inmovilizado y/o destruido dentro del establecimiento.
> Completar y mantener actualizado el Cuaderno de Registro de Medidas Fitosanitarias para el manejo de Lobesia botrana, según lo establece la normativa.
En zonas donde, en los últimos dos años, no se hayan registrado capturas en la Red de Monitoreo Oficial, no será obligatorio aplicar productos fitosanitarios ni la técnica de confusión sexual.
El personal del Senasa fiscalizará la correcta instalación de las trampas y controlará el cumplimiento de las medidas exigidas. Asimismo, serán desplegadas las actividades periódicas de monitoreo.

El Senasa recordó que, para poder exportar uva en fresco a Brasil, además del SMR es exigible el cumplimiento de requisitos vinculados a otras plagas como Brevipalpus chilensis, Brevipalpus lewisi, Cenopalpus pulcher y Drepanothrips reuteri, establecidos en la «Resolución Mercosur/GMC Nº 22/19, apartado II.19.B, categoría de productos 3″ precisa el reporte oficial.
La normativa fitosanitaria vigente establece que la uva fresca debe cumplir con el tratamiento cuarentenario obligatorio con bromuro de metilo cuando sale de un área con presencia de Lobesia botrana y es destinada a la región patagónica (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego) y el Noroeste argentino (Jujuy, Salta, Tucumán y Catamarca).
Además, los centros de empaque, distribución, frigoríficos y fraccionadores que reciban uva proveniente de establecimientos habilitados, también deberán inscribirse en el SMR, al menos 15 días antes de recibir la fruta.
DATOS DE CONTACTO. En San Juan: Teléfono: (264) 4231489 – correo electrónico: lobesiasj@senasa.gob.ar | En Mendoza: Teléfono: (261) 4984131 – correo electrónico: lobesiamendoza@senasa.gob.ar.
Aquí, te dejamos el enlace para acceder a la Resolución Senasa N° 373/2025, que aprueba el Plan Nacional de Lobesia botrana. También el link que te llevará a la Resolución Mercosur/GMC Nº 22/19 que, por su parte, establece el procedimiento a seguir.
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