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Tratamiento aéreo contra Lobesia botrana en el Norte y Este de Mendoza

30 de octubre de 2024

Las aplicaciones, que cubrirán unas 80.000 hectáreas con viñedos, iniciaron este miércoles y se extenderán hasta el 7 de noviembre.


El Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN) anunció el inicio, este miércoles, de los tratamientos sanitarios vía aérea contra Lobesia botrana, en viñedos de los oasis Norte y Este de Mendoza.

Con las aplicaciones, que se extenderán hasta el 7 de noviembre, está previsto cubrir unas 80.000 hectáreas cultivadas con vid en los departamentos Lavalle, Luján, Maipú, Junín, Rivadavia, San Martín, Santa Rosa y La Paz.

La biología del insecto y la fenología de los cultivos fueron determinantes para activar el operativo, dirigido a controlar la primera generación de la plaga, según informó el ente fitosanitario de la provincia andina.

En el reporte se aclara que «se priorizarán los tratamientos en fincas en estado de abandono, con riesgo fitosanitario, y como complemento a las acciones realizadas por los productores de los oasis Norte y Este».

El texto recuerda, asimismo, que son los propios viticultores quienes «deberán mantener el cultivo protegido hasta el 7 de noviembre inclusive, iniciando las aplicaciones cuando el viñedo presente racimos florales de 5 a 7 cm de longitud».

EL CUIDADO AMBIENTAL

El reporte consigna que, como en campañas anteriores, emplearán «productos registrados y autorizados por Senasa y amigables con el medio ambiente» que «no presentan peligro para flora, fauna, agua, suelo y población en general, tanto por sus características como por las dosis y modo de empleo por parte del Programa».

Asegura que esos fitosanitarios «son de la más baja categoría toxicológica existente (banda verde o categoría IV) y que presentan una muy elevada selectividad de acción» para afectar «únicamente a la plaga que se busca controlar», y que resultan inocuos para «abejas, insectos benéficos, animales de sangre caliente o personas, en las condiciones de uso y dosis que el programa los utiliza».

Aclara que «no se realizarán aplicaciones en zonas urbanas, periurbanas, escuelas, centros de salud, hospitales, etc.» y precisa -de paso- que las aeronaves que se emplean para esta labor requieren de determinadas condiciones, sobre todo la ausencia de obstáculos (como antenas, cableados o edificios) para poder operar.

Además, señala que contemplarán «zonas de contención o amortiguamiento de protección hasta lugares de aplicación»; y que «todas las acciones cuentan con la Declaración de Impacto Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza».

CRONOGRAMA, POR DISTRITOS

El cronograma de actividades programado, por distritos (aunque está sujeto a modificaciones por causas climáticas u operativas) es el siguiente:

Días 1, 2 y 3 (Hasta el 31 de octubre). Jocolí Viejo, Tres de Mayo, Jocolí, San Francisco, La Palmera, Paramillo, Costa de Araujo, Gustavo André y Nueva California.

Días 3, 4 y 5 (31 de octubre al 2 de noviembre). Paramillo, La Holanda, Costa de Araujo, Nueva California, El Central, El Divisadero, parte de Tres Porteñas y Fray Luis Beltrán.

Días 5, 6 y 7 (2 al 4 de noviembre). San Roque, Palmira, El Divisadero, parte de Tres Porteñas, Montecaseros, Chapanay, Las Chimbas, Alto Salvador, El Espino, parte de El Ramblón y parte de 12 de Octubre.

Días 7 y 8 (4 al 5 de noviembre). Fray Luis Beltrán, San Roque, Palmira, Los Barriales, parte de Junín, La Colonia, Algarrobo Grande, Alto Verde, Phillips, Mundo Nuevo, parte de El Ramblón, parte de 12 de Octubre, Santa Rosa, Las Catitas, La Dormida y La Paz.

Días 8 y 9 (5 al 7 de noviembre). Barrancas, El Carrizal, Rodríguez Peña, parte de Junín, Medrano, Reducción, Los Árboles, Andrade, Rivadavia, Santa María de Oro, La Libertad, Los Campamentos, La Central, El Mirador, Ugarteche y Anchoris.

El reporte del ISCAMEN aclara que, «en virtud del desarrollo de la biología de la plaga, las áreas previstas en el cronograma de trabajo podrán ser nuevamente tratadas y/o repasadas, bajo los mismos criterios técnicos a fin de incrementar la eficiencia del trabajo».

Cierra apuntando que «las acciones de control se desarrollarán en el marco de la Ley Nacional 27.227, que declara de interés nacional el control de la plaga; la Ley Provincial 9076, que declara de interés provincial el control del insecto, y la Resolución 449/2018 de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza, que establece las recomendaciones y consideraciones generales para poder llevar adelante estas acciones de control de la plaga».

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