FRUTAS FRESCAS

SANIDAD

SENASA formalizó el protocolo para ingreso de cítricos en áreas libres de Mosca

6 de junio de 2023

Estableció el procedimiento de trazabilidad y resguardo para mover esas frutas, en fresco, hacia los oasis Centro y Sur de Mendoza y la Región Patagónica.

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EXIGENCIA. Quienes vayan a comercializar esa fruta, hacia esos destinos sensibles, deberán estar registrados con ese propósito -específicamente- en el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN). FOTO / Revista Campo Andino & Agroindustria.


El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) formalizó el protocolo de trazabilidad para ingresar cítricos frescos en los oasis Centro y Sur de Mendoza y la Región Patagónica, para resguardar su condición de Áreas Libres de Mosca de los frutos.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución 496/2023 del organismo fitozoosanitario nacional y entró en vigencia el viernes último, cuando fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Con esta norma el SENASA incorpora el concepto de Mercado Zona Segura, que fue concebido y expuesto en reuniones técnicas por operadores de mercados frutihortícolas mayoristas de Mendoza, para garantizar la sanidad de la mercadería, pero sin afectar la fluidez de los negocios.

Quienes vayan a comercializar esa fruta, hacia esos destinos sensibles, deberán estar registrados con ese propósito, específicamente, en el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN). Además, tendrán que realizar y aprobar un curso de capacitación que será dictado por el SENASA.

Los cítricos son hospedero de la plaga, y aunque las áreas protegidas no los producen a escala comercial, el eventual ingreso de partidas infectadas podría poner en riesgo la sanidad de sus cultivos de frutas de carozo y pepita y de alguna otra especie de importancia económica.

EL PUNTO DE PARTIDA

Por una parte, el texto de la resolución menciona en forma expresa cuatro locaciones posibles desde las cuales pueden provenir, en forma directa, las cargas de fruta fresca cítrica hospedante de Mosca de los Frutos certificadas como partidas libres de plaga, que vayan a circular por los Oasis Centro y Sur de la Provincia de Mendoza o por la Región Patagónica. Son ellos:

1. Un Centro de Tratamiento Cuarentenario habilitado. 2. Un Punto de Control Fronterizo para fruta fresca cítrica importada, libre de Mosca de los Frutos. 3. Un establecimiento inscripto y/o habilitado, situado en los Oasis Norte o Este de la Provincia de Mendoza y que dé cumplimiento a los requisitos de resguardo fitosanitario oportunamente establecidos para fruta fresca cítrica libre de Mosca de los Frutos. 4. Un operador comercial («puesto») inscripto en el Senasa, emplazado en un mercado mayorista o mercado concentrador situado en los Oasis Norte o Este de la Provincia de Mendoza.

Sobre este último punto, la norma aclara que ese puesto deberá dar cumplimiento a los requisitos de resguardo fitosanitario de la fruta según un determinado procedimiento operativo.

Ese procedimiento es el denominado «Protocolo de trazabilidad y resguardo de fruta fresca cítrica hospedante de Mosca de los frutos procedente de mercados situados en los oasis Norte y Este de la provincia de Mendoza, con destino a las áreas libres de mosca de los frutos». Ese texto, como Anexo, forma parte integrante de la resolución publicada el viernes último en el Boletín Oficial.

LOS ENVÍOS IMPORTADOS

También consigna expresamente las opciones de origen para el caso de mercadería importada que vaya a ser trasladada a las Áreas Libres de Mosca de los Frutos:

1. Una primera opción contemplada para el caso de una carga de cítricos frescos con origen fuera del país, es que llegue a las Áreas Libres en el mismo medio de transporte en el que arribaron al territorio nacional.

2. En su defecto, haber sido trasvasada en forma directa a otro medio de transporte en un sitio de transferencia autorizado, con medidas de resguardo y con verificación oficial del SENASA (en este caso, no se permitirá su almacenamiento).

3. Otra alternativa es que salga de un establecimiento inscripto y/o habilitado, situado en los Oasis Norte y Este de Mendoza y que dé cumplimiento a los correspondientes requisitos de resguardo fitosanitario.

4. Finalmente, se admite que parta de un puesto inscripto en el Senasa, emplazado en un mercado mayorista o mercado concentrador situado en los Oasis Norte y Este de la Provincia de Mendoza. En estos últimos dos casos, sí están autorizados a almacenar las cargas.

IDENTIFICACIÓN DEL ENVASE

Paralelamente, la resolución del SENASA establece que todo envase que contenga fruta cítrica hospedante que egrese de un Centro de Tratamiento Cuarentenario (CTC) debe contar con una identificación que asegure que la mercadería fue tratada en el correspondiente CTC.

Además, detalla las condiciones que debe cumplir. 1. La identificación debe ser colocada en al menos una cara visible del envase y conservarse en buen estado hasta el ingreso a las Áreas Libres.

2. Cada identificación debe incluir los datos de denominación del CTC y el número de identificación única (ID) del registro de carga que asigna el Sistema Integrado de Gestión de Protección Vegetal – Sistema Único de Fiscalización Permanente (SIGPV – SUFP).

EL PROTOCOLO, PASO A PASO

El SENASA destina el artículo 4to. de su resolución a la aprobación del denominado Protocolo de trazabilidad y resguardo de fruta fresca cítrica hospedante de Mosca de los frutos procedente de mercados situados en los oasis norte y este de la provincia de Mendoza, con destino a las áreas libres de mosca de los frutos, que son los oasis Centro y Sur de Mendoza, y Patagonia.

Registro e inscripción. En primer lugar, el protocolo establece que todos los operadores comerciales de esa fruta ubicados en los Mercados Zona Segura, emplazados en áreas de escasa prevalencia de la plaga de la provincia de Mendoza (oasis Norte y Este), que pretendan enviar esta mercadería para consumo en fresco en las áreas libres, deberán acreditar estar inscriptos ante el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN) para participar en este protocolo.

Además, deberán realizar y aprobar un curso de capacitación obligatorio para comercializadores, dictado por el SENASA.

Ingreso al Norte y al Este. Por otra parte, establece las condiciones de ingreso de las cargas a los Oasis Norte y Este de la provincia de Mendoza, tanto en lo que se refiere a las condiciones de transporte como a la documentación que será exigida.

En cuanto a las condiciones de transporte, si la fruta viaja en camión abierto deberá llevar la cargatotalmente cubierta con lona o malla media sombra de 80% de densidad y en buen estado de conservación. La lona o malla deberá cubrir la totalidad de la carga y se deberá colocar soga única y precinto/s. Si la carga va en camión térmico, todas las aperturas deberán ser precintadas.

Por otra parte, el Protocolo establece el procedimiento que seguirán los operarios en los puestos de control de ingreso a la provincia de Mendoza. En principio, van a realizar la inspección de rutina de las cargas cítricas (muestreo de la carga).

Pero, aparte de eso, van a verificar la documentación correspondiente. En el caso de fruta procedente de Centros de Tratamiento Cuarentenario, exigen el Documento de Tránsito Vegetal Electrónico-DTVe y el Certificado de Tratamiento Cuarentenario. En el caso de la fruta procedente de Puntos de Control Fronterizo, será exigible sólo el Documento de Tránsito Vegetal Electrónico-DTVe.

En caso de detectarse la presencia de larva viva, se rechazará la partida de cítricos, la cual no podrá ingresar a la provincia de Mendoza y se le notificará al Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM) sobre la detección. Posteriormente se re-precintará la carga con destino directo a los Mercados Zona Segura.

Ingreso a Mercados Zona Segura. En los denominados Mercados Zona Segura habilitados, previo a la descarga de los cítricos, será verificado el cumplimiento de las medidas de resguardo en el transporte. Si no hay objeciones, el inspector pasa a verificar que la carga llegue con la documentación exigida.

El Protocolo establece asimismo la forma de descarga y protección de la mercadería, y en qué condiciones deberá permanecer hasta el momento de retomar camino hacia las áreas libres de Mosca de los frutos. Un inspector oficial verificará y documentará los ingresos y egresos.

La mercadería destinada a la comercialización con las áreas libres de mosca de los frutos deberá permanecer precintada mientras no se encuentre presente un inspector oficial dentro del Mercado Zona Segura.

La venta en los puestos. La norma establece también el procedimiento para manipular la fruta comercializada en los puestos ubicados dentro del Mercado Zona Segura.

Determina, asimismo, cómo debe ser resguardado el remanente de la carga originalmente ingresada a ese mercado, y cómo tiene que ser acondicionada la parte de la carga que el operador acaba de comercializar.

Para tener «luz verde». Previo a la salida de los Mercados Zona Segura, el inspector oficial verificará que esa carga no incluya otros productos hospedantes de mosca de los frutos.

Controlará el DTV-e y colocará el precinto correspondiente. Además, registrará el egreso en una planilla de balance o en el sistema informático destinado para tal fin. El número de precinto, junto con la firma o sello del inspector oficial, deberán constar en el recuadro de observaciones de los correspondientes DTV-e.

UNA FORMA NOVEDOSA

Con esta resolución, el SENASA formalizó su respuesta favorable a la propuesta conjunta del sector privado y el sector público de Mendoza, para garantizar la sanidad de las cargas de cítricos, pero sin afectar la fluidez de los negocios.

De hecho, el organismo lo señala en los considerandos de la medida, cuando dice que «el sector privado frutihortícola, en consenso con el Instituto de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Mendoza (ISCAMEN), manifestó al Organismo la necesidad de que los operadores comerciales (puestos) emplazados en mercados situados en los Oasis Norte y Este de la Provincia de Mendoza puedan recibir y despachar partidas de fruta fresca cítrica hacia las Áreas Libres de esta plaga».

Puntualiza, asimismo, que «la Asociación Civil de Puesteros Unidos Frutihortícolas de Mendoza y los Mercados Concentradores emplazados en los Oasis Norte y Este de la mencionada provincia, en conjunto con el ISCAMEN y la Dirección del Centro Regional Cuyo del SENASA, consensuaron una propuesta de trabajo para garantizar la trazabilidad y el resguardo de la fruta en los mercados referidos, denominados operativamente como «Mercados Zona Segura».

Aclara, de paso, que «la nueva opción para la recepción y redespacho de fruta cítrica desde los mercados concentradores resulta una medida novedosa y, como tal, perfectible en función de los resultados de su implementación».

SANIDAD ES VALOR COMERCIAL

Desde el organismo nacional se aclaró que estas nuevas medidas tienen como objetivo fortalecer las acciones de prevención del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (Procem) que impulsa el Senasa junto a los organismos de control sanitario de las diferentes provincias del país, que se involucran en la lucha contra la plaga.

El mantenimiento de las Áreas Libres de Mosca de los frutos de la Argentina posibilita la diversificación de la producción frutícola y el acceso a mercados que regulan la presencia de la plaga, favoreciendo la economía regional y las exportaciones.

Los reconocimientos de las Áreas Libres de Mosca de los frutos por parte de terceros países (tales como Estados Unidos, Chile y China, entre otros) permiten mejorar las condiciones de acceso de las frutas argentinas al mercado internacional, dado que se elimina la necesidad de someter la mercadería a tratamientos cuarentenarios, reduciendo los costos de exportación y facilitando la logística en la comercialización.

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